INEFICACIA DE DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS POR CAMBIO EN LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES O FAMILIARES DEL TESTADOR

INEFICACIA DE DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS POR CAMBIO EN LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES O FAMILIARES DEL TESTADOR

SERRANO GOMEZ EDUARDO

25,00 €
IVA incluido
Editorial:
REUS, S.A.
Año de edición:
2021
Materia
Derecho civil
ISBN:
978-84-290-2556-9
Páginas:
216
Encuadernación:
Rústica
Colección:
JURIDICA GENERAL

Disponibilidad:

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Abreviaturas   1. Introducción 1.1. La necesaria reforma del Derecho de sucesiones 1.2. El testamento como instrumento para determinar la voluntad mortis causa   2. La interpretación del testamento y la fijación de la voluntad del testador 2.1. La peculiar naturaleza de la interpretación del testamento 2.2. El art. 675 del Código Civil 2.3. Los diferentes medios de interpretación 2.4. El intérprete del testamento 2.5. La prueba extrínseca 2.6. Normas interpretativas de la voluntad del causante 2.7. La posible aplicación de las normas sobre interpretación de los contratos   3. La revocación del testamento y la voluntad cambiante del testador 3.1. El testamento como negocio revocable 3.2. Tipos de revocación testamentaria 3.3. Requisitos y alcance de la revocación 3.4. La revocación de disposiciones no sucesorias 3.5. La revocación del legado 3.6. Revocación versus ineficacia   4. Las circunstancias posteriores al otorgamiento del testamento y la voluntad del testador   5. Institución de heredero o nombramiento de legatario y posterior crisis matrimonial o de convivencia 5.1. Consideraciones generales 5.2. Mantenimiento de la validez de las disposiciones testamentarias realizadas a favor del cónyuge o conviviente 5.2.1. El testamento, negocio esencialmente revocable, no se revocó 5.2.2. No existe en el Código Civil una presunción de revocación 5.2.3. El empleo del término cónyuge o pareja 5.2.4. Las condiciones no se presumen 5.2.5. No siempre que existe una crisis matrimonial o de pareja debe presumirse una voluntad revocatoria 5.3. La ineficacia de las disposiciones testamentarias a favor del cónyuge o conviviente 5.3.1. El empleo del término cónyuge o pareja 5.3.2. La causa falsa 5.3.3. La regulación de la cuestión en otros ordenamientos jurídicos 5.3.3.1. Cataluña 5.3.3.2. Aragón 5.3.3.3. Galicia 5.3.3.4. Navarra 5.3.3.5. País Vasco 5.4. Requisitos para que se produzca la ineficacia 5.5. La eventual reconciliación de los cónyuges   6. Análisis particular de la causa falsa del art. 767 del Código Civil 6.1 La causa falsa en general y su significado 6.2. La existencia o no de causa falsa derivada de la crisis matrimonial o de convivencia posterior al otorgamiento del testamento 6.3. La aplicación por analogía del art. 767.1 del Código Civil 6.4. ¿Debe expresarse la razón o motivo de la disposición? 6.5. La nulidad matrimonial y la existencia de causa falsa   7. Ineficacia de disposiciones testamentarias e indignidad sucesoria   8. Otras circunstancias sobrevenidas y su incidencia en las disposiciones testamentarias 8.1. La aplicabilidad de la causa falsa del art. 767 del Código Civil 8.2. Existencia o superveniencia de hijo o descendiente. La preterición 8.3. Testamento otorgado por soltero que, posteriormente, contrae matrimonio 8.4. El cese de la relación de afectividad   9. Revocación, integración e interpretación integradora del testamento 9.1. Revocación e integración. La integración del contrato 9.2. Integración e interpretación integradora 9.3. La existencia de reglas integradoras en el Código Civil 9.4. La utilidad de la interpretación integradora ante circunstancias sobrevenidas   Conclusiones 1. La incidencia de las circunstancias sobrevenidas tras el otorgamiento del testamento 2. Sobre la interpretación de la voluntad del testador 3. Sobre la revocación testamentaria 4. El momento temporal al que debe vincularse la voluntad del testador 5. La ineficacia como categoría aplicable a los supuestos de cambios sobrevenidos 6. El empleo de términos referidos a ciertas cualidades personales del instituido heredero o nombrado legatario 7. Las dudas sobre la aplicabilidad del art. 767.1 CC 8. ¿Es necesario modificar el Código Civil para prever estos casos? 9. La interpretación integradora como solución 10. La necesidad de que el testador sea previsor y cuente con el asesoramiento legal pertinente   Bibliografía   Jurisprudencia

Es evidente que en la formación de la voluntad del testador manifestada en su testamento tienen un peso especial las circunstancias personales y familiarespor las que atraviesa en el momento de su otorgamiento. El testamento es, en este sentido, fruto de la realidad en la que se realiza. Sin embargo, el testador no puede prever ni tomar en consideración aquellas situaciones que todavía no se han producido o que ni siquiera era previsible que tuvieran lugar. Con este punto de partida, las dudas que surgen, y que en esta monografía se pretenden resolver, son variadas: ¿ese cambio de circunstancias podría entenderse que ha generado una alteración de la voluntad sucesoria?; ¿existe algún instrumento jurídico para que esa presumible mutación en los deseos sucesorios del testador pueda ser tenida en cuenta aun cuando no se haya canalizado con las solemnidades debidas? ¿Cabría considerar, en fin, la ineficacia de aquellas disposiciones que se realizaron en un contexto determinado pero que, posteriormente, se altera por completo? . En esta tarea, es preciso detenerse primero en la revisión y concreción del régimen y extensión de la interpretación de los testamentos y, después, en el alcance y los requisitos de su posible revocación, ya que la amplitud, funciones y contenido que a ambas cuestiones se asignen determinará su idoneidad o no para servir de cauce para la adecuación del testamento a las nuevas situaciones vitales por las que discurra la existencia del testador. Por otro lado, se examina la utilidad del recurso al criterio de la causa falsa prevista en el art. 767.1 del Código Civil, al que recientes sentencias del Tribunal Supremo acuden para conseguir objetivos similares y que, a juicio del autor, presenta serias dudas. Asimismo, y de forma particular, se analiza la viabilidad de la denominada interpretación integradora del testamento como opción clara para poder concretar la voluntad del testador sobre los efectos que esos cambios sobrevenidos deberían provocar, en su caso, en su planificación sucesoria. . Eduardo Serrano Gómez es Catedrático de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid. Es, además, Presidente de la Asociación para el Estudio y la Enseñanza del Derecho de Autor (ASEDA) y dirige el Anuario de Propiedad Intelectual que publica la editorial Reus. Ha desarrollado sus actividades docentes y/o de investigación en diversas universidades tanto españolas como extranjeras. Ha escrito, entre otras materias, sobre derecho de autor (Los derechos de remuneración de la propiedad intelectual; Derecho de autor y nuevas tecnologías, Tensiones y conflictos sobre derecho de autor en el siglo XXI; Manual de Derecho de Autor), contratos (El contrato de cambio de solar por edificación futura; El contrato de cesión de derechos de autor; El contrato de sociedad civil: delimitación y régimen jurídico) o derecho de familia (Autonomía de la voluntad y negocios jurídicos de familia; La vivienda familiar en las crisis matrimoniales; Los protocolos familiares; La ineficacia del matrimonio).

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